Un contrato a plazo fijo se puede renovar una sola vez. Si el empleador lo renueva por segunda vez, o si sigues trabajando después de que venció el plazo y la empresa lo sabe, el contrato pasa a ser indefinido por el solo efecto de la ley (art. 159 N° 4 del Código del Trabajo). Esto importa mucho el día en que te despiden, porque un trabajador indefinido no puede ser despedido solo con el argumento de que "se terminó el plazo".
¿Cuántas veces se puede renovar un contrato a plazo fijo?
La ley permite el contrato original y una renovación. La segunda renovación produce el mismo efecto que dejarte trabajar con el plazo vencido, transforma el contrato en uno de duración indefinida (art. 159 N° 4 del Código del Trabajo).
En la práctica, si firmaste un primer contrato por tres meses, luego un anexo que lo extendió otros tres meses y después un segundo anexo por otros tres, desde esa segunda renovación tu contrato ya es indefinido, aunque el papel siga diciendo "plazo fijo".
Además, la duración de un contrato a plazo fijo no puede pasar de un año. Para gerentes y personas con título profesional o técnico de una institución de educación superior reconocida por el Estado, el máximo es de dos años (art. 159 N° 4 del Código del Trabajo).
¿Qué pasa si sigo trabajando después de que venció el plazo?
Si el plazo terminó y seguiste yendo a trabajar con conocimiento del empleador, tu contrato se transformó en indefinido (art. 159 N° 4 del Código del Trabajo). No hace falta firmar nada nuevo. Basta con que hayas seguido trabajando y que la empresa lo supiera, por ejemplo porque te siguió dando turnos o pagando el sueldo. Guarda liquidaciones, registros de asistencia y mensajes que lo prueben.
¿Y si me hacen contratos nuevos con días de por medio?
Algunas empresas, en vez de renovar, terminan el contrato y unos días o semanas después firman uno nuevo. La ley también se hizo cargo de eso. Si trabajaste en forma discontinua con más de dos contratos a plazo, durante doce meses o más dentro de un período de quince meses contado desde la primera contratación, la ley presume que fuiste contratado en forma indefinida (art. 159 N° 4 del Código del Trabajo).
Para revisarlo, ordena tus contratos por fecha y suma los meses efectivamente trabajados dentro de esa ventana de quince meses.
¿Qué me corresponde si me despiden con un contrato que ya era indefinido?
Cuando el contrato ya era indefinido y el empleador igual lo termina invocando "vencimiento del plazo", puedes demandar para que el juez declare que esa causal fue injustificada. Si el tribunal te da la razón, ordena pagar la indemnización sustitutiva del aviso previo y la indemnización por años de servicio, esta última aumentada en un 50% (arts. 168 letra b, 162 y 163 del Código del Trabajo).
La indemnización por años de servicio corresponde cuando el contrato estuvo vigente un año o más, y equivale a 30 días de la última remuneración mensual por cada año y fracción superior a seis meses, con un máximo de 330 días (art. 163 del Código del Trabajo). Puedes hacer una estimación con nuestra calculadora de finiquito.
Aunque el contrato sí haya sido válidamente a plazo fijo, al terminar igual te deben las vacaciones que no alcanzaste a tomar. Lo explicamos en detalle en feriado proporcional y vacaciones no pagadas.
¿El empleador tiene que avisarme por escrito que se termina el contrato?
Sí. Cuando el contrato termina por vencimiento del plazo, el empleador debe comunicarlo por escrito, personalmente o por carta certificada al domicilio que aparece en el contrato, indicando la causal y los hechos en que se funda. Debe entregarla o enviarla dentro de los tres días hábiles siguientes a la separación y mandar copia a la Inspección del Trabajo (art. 162 del Código del Trabajo).
¿Cuánto plazo tengo para demandar?
Tienes 60 días hábiles contados desde la separación para demandar por despido injustificado (art. 168 del Código del Trabajo). Puedes calcular tu fecha límite en la calculadora de plazos y leer más sobre cómo se cuenta en el plazo de 60 días hábiles para demandar.
Qué revisar antes de firmar el finiquito
Si tu contrato a plazo fijo terminó, revisa estos puntos antes de firmar.
• Cuántos contratos y anexos de renovación firmaste, y en qué fechas.
• Si seguiste trabajando aunque fuera algunos días después de la fecha de término.
• Si tuviste más de dos contratos en los últimos quince meses y cuántos meses trabajaste en total.
• Si la carta de término indica la causal y llegó dentro de plazo.
• Si el finiquito incluye el feriado proporcional y las remuneraciones pendientes.
Si algo no cuadra, puedes firmar el finiquito dejando constancia de que te reservas el derecho a demandar. Revisa cómo hacerlo en reserva de derechos en el finiquito.
Si trabajas en Antofagasta, la regla es exactamente la misma que en el resto de Chile.
Preguntas frecuentes
¿Un contrato a plazo fijo da derecho a indemnización por años de servicio?
No, si terminó válidamente por vencimiento del plazo. Pero si el contrato ya se había transformado en indefinido, el despido por esa causal puede ser declarado injustificado y ahí sí corresponde la indemnización, con el recargo legal.
¿Cuenta como renovación un anexo que solo cambia la fecha de término?
Sí. Lo que importa es que se extienda el plazo del contrato, sin importar si se hace con un anexo o con un contrato nuevo.
Si te terminaron un contrato a plazo fijo que ya se había renovado más de una vez, agenda una evaluación de tu caso por WhatsApp: wa.me/56949371607.
