Te despidieron, sientes que fue injusto y decides tomarte unos días para pensar con calma qué vas a hacer. Ese es justo el momento más peligroso, porque desde el día en que te separaron de la empresa empezó a correr un plazo corto y fatal para demandar. Si se vence, pierdes la acción aunque el despido haya sido claramente injustificado. Esta semana la Corte Suprema volvió a confirmarlo, dejó firme la caducidad de una demanda presentada fuera de tiempo y el trabajador se quedó sin poder discutir el fondo de su caso.
Sesenta días hábiles, ni uno más
El Código del Trabajo fija el plazo con precisión,
"El trabajador cuyo contrato termine por aplicación de una o más de las causales establecidas en los artículos 159, 160 y 161, y que considere que dicha aplicación es injustificada, indebida o improcedente, o que no se haya invocado ninguna causal legal, podrá recurrir al juzgado competente, dentro del plazo de sesenta días hábiles, contado desde la separación, a fin de que éste así lo declare." (Código del Trabajo, art. 168, inciso primero)
Son sesenta días hábiles, no corridos. En materia laboral se cuentan de lunes a sábado, y solo se descuentan los domingos y festivos. Lo importante es que desde la fecha de tu separación el conteo ya comenzó, no espera a que consigas abogado ni a que reúnas tus documentos.
El reclamo en la Inspección suspende el plazo, pero con un tope
Muchos trabajadores parten por la Inspección del Trabajo, y eso puede ayudar, porque ese reclamo suspende el conteo. Pero hay un límite que no se puede cruzar,
"El plazo contemplado en el inciso primero se suspenderá cuando, dentro de éste, el trabajador interponga un reclamo por cualquiera de las causales indicadas, ante la Inspección del Trabajo respectiva. Dicho plazo seguirá corriendo una vez concluido este trámite ante dicha Inspección. No obstante lo anterior, en ningún caso podrá recurrirse al tribunal transcurridos noventa días hábiles desde la separación del trabajador." (Código del Trabajo, art. 168)
En simple, el reclamo administrativo congela el plazo mientras dura el trámite, pero pase lo que pase no puedes demandar después de noventa días hábiles desde tu despido. Confiar en que "el reclamo en la Inspección me da más tiempo" sin sacar la cuenta exacta es la forma más común de perder el derecho.
Un error de cálculo dejó a un trabajador sin demanda
Un caso reciente lo muestra bien. Un trabajador presentó su demanda por despido injustificado creyendo que sumaba a su favor todo el tiempo del trámite administrativo, pero los tribunales calcularon que el plazo ya se había cumplido y declararon la caducidad. El criterio quedó firme tras la Corte Suprema rechazar el recurso de queja del trabajador (Rol N° 26.440-2026, agosto de 2026). Tenía argumentos de fondo, pero nunca llegaron a discutirse, porque la demanda llegó tarde.
Cómo no perder tu plazo en Antofagasta
En la minería, el comercio y los servicios de la región muchos trabajadores dejan pasar semanas después del despido esperando que la empresa "recapacite" o que el finiquito mejore. Mientras tanto, el plazo corre. Si te despidieron y crees que fue injusto, lo primero es saber con exactitud cuántos días te quedan. Puedes estimarlo con la calculadora de plazos, y para dimensionar lo que estaría en juego en tu caso, parte con la calculadora de finiquito.
Un día de más puede ser la diferencia entre discutir tu despido ante el tribunal o perder la posibilidad para siempre.
Si te despidieron y no sabes cuánto tiempo te queda para reclamar, agenda una evaluación de tu caso por WhatsApp. Revisamos tu situación y el plazo que aún tienes antes de que se cierre la puerta.
